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Publicamos a continuación la última circular recibida de CETM nº 270-G-21, en relación con el equipamiento de invierno en Francia.
Esperamos sea de su interés.

 

EQUIPAMIENTO DE INVIERNO EN FRANCIA: NUEVA LEGISLACIÓN A PARTIR DEL 1 DE NOVIEMBRE.

La IRU nos ha informado de la nueva legislación del equipamiento de invierno en Francia que entrará en vigor el 1 de noviembre de 2021. A partir de esta fecha, el equipamiento de invierno será obligatorio cada año durante el periodo invernal (desde el 1 de noviembre hasta el 31 de marzo) en algunas zonas montañosas.

  • Las zonas afectadas son: Alpes, Córcega, Macizo Central, Montañas del Jura, Pirineos, Vosgos. Los detalles de las zonas por cadena montañosa (mapas) están disponibles aquí.
  • Equipo: Dispositivos antideslizantes extraíbles (cadenas o calcetines) o neumáticos de invierno (3PMSF). Los vehículos con neumáticos con clavos están exentos de los requisitos de equipamiento. Hay que tener en cuenta que a partir del 1 de noviembre de 2024 solo se aceptarán neumáticos 3PMSF como equivalentes a cadenas.                                                                      La compra y uso de otros «neumáticos para nieve» seguirá siendo posible, pero los usuarios deberán tener cadenas además de estos neumáticos para conducir desde el 1 de noviembre hasta el 31 de marzo en las zonas afectadas por la medida. Hasta el 1 de noviembre de 2024, solo se tolerarán los neumáticos para nieve marcados con «M+S».
    • Autobuses y autocares (M2, M3):
      • El vehículo puede estar equipado con al menos dos cadenas (u otros dispositivos antideslizantes equivalentes) o estar equipado con al menos cuatro neumáticos de invierno, montados en al menos dos ruedas direccionales y al menos dos ruedas motrices. Si el vehículo tiene más de un eje de dirección, estos son los volantes del sistema de dirección principal.
    • Vehículos pesados (N2, N3):
      • El vehículo sin remolque o semirremolque puede tener al menos dos cadenas (o dispositivos antideslizantes removibles equivalentes) o estar equipado con al menos cuatro neumáticos de invierno, montados en al menos dos ruedas direccionales y al menos dos ruedas motrices. Si el vehículo tiene más de un eje de dirección, estos son los volantes del sistema de dirección principal.                                                                                                    Los vehículos pesados que viajen con remolque o semirremolque deberán, en todo caso, disponer de dispositivos antideslizantes desmontables.
  • Nuevas señales de tráfico (en la imagen)

La señal de tráfico B26 (señal actual) seguirá indicando que, en carreteras nevadas, incluso fuera del período invernal, es obligatorio llevar cadenas. A menos que el requisito de usar cadenas se especifique en el letrero, se considerará que los vehículos con el equipo requerido por las nuevas regulaciones cumplen con el requisito del letrero B26.