Estimados afiliados:
Publicamos a continuación la última circular recibida de CETM nº 132-G-21, en relación con la finalización del plazo para solicitar la devolución del IVA soportado en Reino Unido.
Esperamos sea de su interés.

 

FINALIZACIÓN DEL PLAZO PARA SOLICITAR LA DEVOLUCIÓN DEL IVA SOPORTADO EN REINO UNIDO.

Desde la CETM les recordamos que el plazo para solicitar la devolución del IVA soportado en Reino Unido finaliza el próximo miércoles 31 de marzo.

Los empresarios y profesionales establecidos en la Península y Baleares que hayan adquirido bienes y servicios en el Reino Unido durante el 2020 pueden solicitar la devolución de las cuotas de IVA allí soportadas a través de la web de la Agencia Tributaria, presentando el modelo 360.

Tras el Brexit, la solicitud de la devolución del IVA soportado de las mercancías y servicios que se adquieran en Reino Unido a partir del 1 de enero de 2021 ya no podrá solicitarse a través de la web de la Agencia Tributaria, sino que deberá realizarse ante la Administración Tributaria británica y con arreglo a la normativa inglesa.

Sin embargo, tal y como informa la AEAT, cuando se solicite la devolución del IVA soportado en Irlanda del Norte por la adquisición o importación de mercancías, sí que se podrá realizar por vía electrónica a través del modelo 360. En cuanto a la devolución de las cuotas soportadas por servicios localizados en Irlanda del Norte, tendrá que solicitarse según la normativa irlandesa.

La información al respecto que facilita el Gobierno británico puede encontrarse en:https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/La_Agencia_Tributaria/Campanas/IVA/_INFORMACION/Informacion_General/El_IVA_y_el_BREXIT/Consecuencias_del_BREXIT_en_el_IVA_a_partir_del_1_de_enero_de_2021/Informacion_del_Gobierno_britanico/Informacion_del_Gobierno_britanico.shtml