Estimados afiliados:
Publicamos a continuación la última circular recibida de CETM nº 424-G-20, en relación con el certificado de desplazamiento para La Rioja.
Esperamos sea de su interés.

 

CERTIFICADO DE DESPLAZAMIENTO PARA LA RIOJA.

El motivo de esta circular es el de informaros que el gobierno de La Rioja ha emitido la Resolución de 21 de octubre de 2020 de la Secretaría Técnica de la Consejería de Salud y Portavocía del Gobierno, se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 21 de octubre de 2020, por el que se adoptan nuevas medidas sanitarias preventivas para la contención de la COVID-19 en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Para poder realizar desplazamientos dentro del territorio de la comunidad autónoma o que tengan destino u origen en ella será necesario contar con un certificado de desplazamiento.

En cambio, si solo se va a transitar por el territorio no será necesario contar con él (a no ser que se realice algún tipo de parada en la comunidad autónoma, en ese caso, aunque se transitase habría que tenerlo).

Esta medida tendrá vigor a partir del 23 de octubre, mañana, hasta el 7 de noviembre, pudiendo ser prorrogado.

Se adjunta a la circular la Resolución y el certificado.

BOR_22102020 LA RIOJA

LA_RIOJA_CERTIF_DESPLAZAMIENTO