Estimados afiliados:
Publicamos a continuación la última circular recibida de CETM nº 393-G-20, en relación con las medidas preventivas por motivos sanitarios adoptadas por la Comunidad de Madrid.
Esperamos sea de su interés.

 

MEDIDAS PREVENTIVAS POR MOTIVOS SANITARIOS ADOPTADAS POR LA COMUNIDAD DE  MADRID.

El motivo de esta circular es de informar de las medidas preventivas que por razonas sanitarias ha adoptado la Comunidad de Madrid. Nuestra asociación CETM-Madrid nos ha facilitado la información que aquí vertemos.

A parte de otro tipo de medidas, las que creemos que afectan al transporte son:

Que queda restringida la entrada y salida de las 37 zonas compuestas por las 26 zonas de los distritos de Carabanchel (Puerta Bonita, Vista Alegre, Guayaba), Usera (Almendrales, Las Calesas, Zofío, Orcasur, San Fermín), Villaverde (San Andrés, San Cristóbal, El Espinillo, Los Rosales), Villa de Vallecas (Villa de Vallecas), Puente de Vallecas (Entrevías, Martínez de la Riva, San Diego, Numancia, Peña Prieta, Pozo del Tío Raimundo, Ángela Uriarte, Alcalá de Guadaíra, Federica Montseny) y Ciudad Lineal Doctor Cirajas, Gandhi, La Elipa, en la capital, y por las 11 zonas de los municipios de Fuenlabrada (Alicante, Cuzco, Francia), Humanes y Moraleja de en Medio (Humanes de Madrid), Parla (San Blas, Isabel II), Getafe (Las Margaritas, Sánchez Morate), San Sebastián de los Reyes (Reyes Católicos) y Alcobendas (Alcobendas-Chopera, Miraflores), salvo por motivos laborales, médicos, accesos a centros educativos, regresar a la zona residencial, asistencia a personas mayores, menos o dependientes; acceso a entidades bancarias o de seguros, legales o administrativas; acudir a exámenes o cualquier otra necesidad prioritaria, urgente o de fuerza mayor.

Que se permite la circulación por carreteras y viales que transcurran o atraviesen estas zonas, siempre y cuando el origen y el destino esté fuera de las mismas.

Para el caso del transporte de mercancías que se deba efectuar en una de las zonas anteriormente citadas, es estará permitido, en cuanto que es una actividad laboral y se exige prueba de esto.

Para el caso del transporte de mercancías está claro que valdría con cualquiera de los documentos de control que ya se lleva a bordo de la cabina, pero junto a esta circular se acompaña el modelo de certificado que hay que portar (elaborado por la Comunidad de Madrid) que puede servir como base para que la empresa elabore el suyo propio y así evitar problemas.

Modelo justificante