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Publicamos a continuación la última circular recibida de CONFEBUS, en relación con la solicitud de FENEBUS para prorrogar los ERTEs más allá del 30/VI/2020 en el Transporte Público de Viajeros por Carretera.
Esperamos sea de su interés.

 

NECESIDAD DE PROLONGAR LOS ERTES MÁS ALLÁ DEL 30 DE JUNIO.

Todas las empresas de transporte en autobús se han visto afectadas negativamente por la crisis del COVID-19 y el establecimiento del estado de alarma y otras medidas derivadas de ello.

Esto ha resultado en drásticas caídas de hasta el 90 y 100 % de la demanda (servicios urbanos, metropolitanos, regionales, larga distancia, escolares, discrecionales y turísticos), un altísimo descenso del volumen de ingresos de las
empresas (más del 42 % de las empresa ha tenido una caída del 100 %), más del 70% de las empresas han necesitado financiación para subsistir, imposibilidad de mantener el empleo (el 80 % de las empresas no puede garantizar el mantenimiento de empleo en los próximos seis meses) y ha provocado que nueve de cada diez se hayan visto obligadas a aplicar un ERTE.

Según los resultados del II Barómetro de CONFEBUS, los ERTEs han sido la principal medida que las empresas de transporte en autobús han llevado a cabo para afrontar la situación provocada. Con el establecimiento del estado de alarma se flexibilizaron las condiciones de los ERTEs para las empresas y recientemente se ha regulado que esas condiciones finalicen el próximo 30 de junio, aun cuando el sector del transporte en autobús no recuperará ni el 100 % de la oferta ni de la actividad ni de la demanda a partir de esa fecha.

En estos momentos de crisis por el COVID-19 y las repercusiones que tendrá, el
objetivo debe ser sostener la economía y el empleo y para ello se debe empujar para evitar un parón aún mayor de la actividad empresarial, siempre priorizando, como no puede ser de otra manera, la seguridad y la salud de los ciudadanos. La salida del periodo de hibernación de la economía pasará indudable y previamente por una fase de modulación y posterior normalización hasta que se consiga alcanzar de forma real la salida de la crisis.

Esto va a motivar que, de una manera adecuada al ritmo de eliminación de
restricciones, la oferta de servicios públicos de transporte y otros servicios de
transporte colectivo de personas se vaya incrementando, a través de propuestas de más oferta por parte de la administración pertinente, hasta llegar a un punto de normalidad que ajuste la oferta y demanda. Según las estimaciones de CONFEBUS, hasta enero de 2022 no se prevé que se recuperen niveles similares de demanda previos a la crisis del COVID-19.

El propio Real Decreto Ley 18/2020 establece en su exposición de motivos que la
justificación de mantener los ERTEs por fuerza mayor queda vinculada (no tanto a un acontecimiento cierto) sino a la “persistencia” de las “restricciones” que
imposibiliten recuperar la actividad (debemos entender la plena actividad, toda vez que, aun cuando se posibilite la actividad parcial, y se genere por tal causa un ERTE parcial, este sigue siendo de Fuerza mayor). Por otro lado, la Disposición adicionalprimera de la misma norma faculta precisamente al Gobierno, para prorrogar la causa de fuerza mayor, “si persisten las restricciones de la actividad vinculadas a razones sanitarias”.

En definitiva, la razón básica en la que se justifica y se hace necesaria la prórroga se asienta en la persistencia de cualquier circunstancia que, provocada por razones sanitarias, conlleve una “restricción” de la actividad. Dicha restricción se genera en el sector, no solo por la aplicación de las posibles medidas que limiten la movilidad, sino por el mantenimiento obligatorio de las medidas de prevención en los propios medios de transporte que deben seguir aplicándose una vez que desaparezcan las limitaciones de movilidad geográfica. Esas medidas de prevención afectan directamente a la propia capacidad del medio de transporte e imposibilitan que la actividad sea total, en cuanto que impiden que se pueda ofrecer el mismo servicio al mismo número de usuarios existente con anterioridad a la crisis sanitaria.

De hecho, la fase de normalización va a estar marcada en nuestro Sector por una
vuelta a la prestación del servicio (una vuelta a la prestación del 100% de los
servicios es muy pronto), pero con medidas que van a continuar afectando de forma severa a la demanda y a los costes (distanciamiento, desinfección…). Pero en algunas actividades concretas del sector (p.ej. servicios discrecionales y turísticos) ni siquiera se sabe cuándo y cómo se podrá empezar de nuevo, aun cuando se ha anunciado verbalmente que el 1 de julio se permitirá la entrada de turistas extranjeros en nuestro país.

Además, la actividad del transporte en autobús es muy intensiva en recursos
humamos siendo la partida de del personal una de las principales sino la más
importante pues supone la mitad dentro de la estructura de costes de una empresa del sector. Puesto que el objetivo final es mantener la actividad económica y el empleo, la figura jurídica de los ERTES va dirigida precisamente al mantenimiento del empleo y a permitir superar este extraordinario y durísimo periodo para empresas, autónomos y trabajadores. No dar solución a la continuidad de los ERTEs más allá del 30 de junio traería consigo una destrucción de empleo masiva (más de 30.000 empleos pueden perderse) y el cierre de 1.000 empresas del sector.

Por todo ello, se debe alargar el límite temporal de los ERTE por fuerza mayor más allá del 30 de junio de 2020 y teniendo en cuenta que no se estima por ahora una recuperación de la demanda a niveles similares previos hasta enero de 2022. De esta forma, se evitará que en el momento en que termine esa fecha, todas las empresas de transporte en autobús que se hayan acogido a esa figura jurídica tengan que readmitir al día siguiente a todos sus trabajadores sin haberse recuperado el 100 % de su actividad, ni de su demanda ni de la economía.

En efecto, según gran cantidad de estudios y de los pronósticos de las propias
administraciones, tras el 30 de junio, la demanda estará muy lejos de recuperarse, con una demanda para el verano del 50% vs 2019 y siendo las previsiones más optimistas de recuperación a finales del 2020 de un 70% (ver informe Deloitte, 12/05/2020: “El camino de la recuperación de la industria del consumo”). No será antes del 2022 que se recuperen los niveles de actividad previos al estado de alarma Esta situación debe justificar el mantenimiento de los ERTEs por Fuerza Mayor en lo que resta de ejercicio, evitando de esta manera aumentar los costes que acompañan a las transacciones de iniciar nuevos expedientes de regulación por causas productivas, además de la potencial conflictividad que pudiera surgir en la negociación de estos expedientes, derivando consecuentemente en falta de viabilidad de las empresas y pérdidas de empleo.

Además, el sector debe continuar beneficiándose de las bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social que ha permitido la regulación laboral vinculada al Estado de Alarma para aliviar la tensión de tesorería generada por el obligado ajuste de actividad, el cual perdurará mientras se prolonguen las medidas de control de la movilidad relacionadas con la pandemia.

Por lo tanto, también deben mantenerse las bonificaciones de la seguridad social
vigentes en el mes de Junio:

– En ERTE total, 100% en empresas de menos de 50 trabajadores y 75% en
empresas de más de 50 trabajadores

– En ERTE parcial según el siguiente cuadro:

 

Situación trabajadores Empresa menos 50 trab. Empresa más 50 trab.
Reinician actividad

Se mantienen en ERTE

70%

45%

45%

30%