Estimados afiliados:
Publicamos a continuación la última circular recibida de CETM nº 334-G-20, en relación con la inaplicación del certificado de desplazamiento en Italia.
Esperamos sea de su interés.

 

INAPLACIÓN DEL CERTIFICADO DE DESPLAZAMIENTO EN ITALIA.

El motivo de esta circular es de haceros llegar la información que nos llega desde Italia a través de la IRU.

Se nos indica que ya no es necesario más tiempo el contar con el certificado de desplazamiento para Italia, así como notificar a los departamentos de salud local, ni se aplican los tiempos máximos para estar en el país (72 horas para operaciones con destino Italia y 24 horas para transitar).