Estimados afiliados:
Publicamos a continuación la última circular recibida de CETM nº 296-G-20, en relación con la reanudación de la tramitación de los procedimientos sancionadores.
Esperamos sea de su interés.

 

REANUDACIÓN DE LA TRAMITACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS SANCIONADORES.

El motivo de esta circular es el de informar que el Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, que declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, modifica los periodos que afectan al cómputo de las prescripciones y caducidades y los de la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público señalados en la declaración del estado de alarma en el siguiente sentido:

  • Con efectos desde el 4 de junio de 2020, quedan derogadas las disposiciones adicionales segunda (la suspensión de términos e interrupción de plazos procesales) y cuarta (prescripción y caducidad de cualquier de las acciones y derechos) del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
  • Con efectos desde el 1 de junio de 2020, queda derogada la disposición adicional tercera (los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público) del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.

Por lo tanto, se comunica, que a partir del día 1 de junio se reanuda la tramitación de todos los procedimientos sancionadores, si bien los plazos de las prescripciones y de las caducidades se iniciarán desde el día 4 de junio.