Estimados afiliados:
Publicamos a continuación la última circular recibida de CETM nº 166-G-20, en relación con la prorroga de hasta 30 días después del fin del estado de alarma de todos los certificados de seguridad industrial y metrológica.
Esperamos sea de su interés.

 

PRORROGADOS HASTA 30 DÍAS DESPUÉS DEL FIN DEL ESTADO DE ALARMA TODOS LOS CERTIFICADOS DE SEGURIDAD INDUSTRIAL Y METROLÓGICA.

Esta mañana se ha publicado en el BOE la Orden SND/325/2020, de 6 de abril, por la que se prorroga la validez de los certificados de verificaciones o mantenimientos periódicos expedidos en el ámbito de la seguridad industrial (ITV, ADR, Certificaciones APQ, etc.) y la metrología (contadores volumétricos, termógrafos, termómetros, etc.), cuyo periodo de vigencia finalice durante el estado de alarma y sus sucesivas prórrogas, hasta los treinta días naturales posteriores a la finalización de dicho estado de alarma y sus prórrogas.

Además, el permiso retribuido recuperable para los trabajadores por cuenta ajena será de aplicación a las actividades de verificación y mantenimiento de seguridad industrial y metrológica, salvo para aquellas actividades que se consideren esenciales de acuerdo con el anexo del Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo.