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Publicamos a continuación la última circular recibida de CETM, en relación con el procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales.

Esperamos sea de su interés.

 

PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN PARA LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.

Se ha publicado en la página web del Ministerio de Sanidad el documento: «Procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al coronavirus (SARS-COV-2)».

Según el Criterio Operativo nº 102/2020 de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social sobre medidas y actuaciones de la ITSS relativas a situaciones derivadas del nuevo coronavirus (Sars-Cov-2), este nuevo documento tiene carácter obligatorio.

El documento del Ministerio de Sanidad incluye, entre otras, las siguientes obligaciones para las empresas:

  • Evaluar el riesgo de exposición de los trabajadores al COVID-19.
  • Evaluar la presencia de personal trabajadores especialmente sensible en relación a la infección de coronavirus.
  • Establecer la naturaleza de especial sensibilidad de la persona trabajadora.
  • Emitir un informe sobre las medidas de prevención, adaptación y protección.
  • Aumento a dos metros del distanciamiento entre las personas trabajadoras y entre estas últimas y los potenciales clientes.
  • La disposición de los puestos de trabajo, la circulación de personas y la distribución de protección individual (EPI).
  • Establecer planes de continuidad con proceso de participación y acuerdo de la representación legal de los trabajadores.
  • Elaborar informes preceptivos de acreditación de la incapacidad temporal por parte de los servicios de prevención.

El documento del Ministerio de Sanidad pueden verlo aquí.ANEXO 108 -200324 PrevencionRRLL_COVID-19