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Publicamos a continuación la última circular recibida de CETM nº 078-G-20, en relación con la vigencia de las tarjetas CAP.

 

VIGENCIA TARJETAS CAP

En la Orden TMA/254/2020, de 18 de marzo, por la que se dictan instrucciones en materia de transporte por carretera y aéreo, publicado en el día de hoy en el Boletín Oficial del Estado, se trata la vigencia de las tarjetas CAP.

En su artículo, la Orden, declara la validez de las tarjetas CAP que tuvieran como fecha de expiración el día 1 de marzo hasta 120 días después de la finalización de la declaración del estado de alarma.

Ese plazo se puede ampliar mediante resolución de la Dirección General de Transporte Terrestre, por un máximo de 30 días adicionales.

Esta previsión tiene efecto en el territorio nacional, aunque de esta decisión se informará a la Comisión Europea.