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A continuación compartimos la última Circular Informativa de Confebus, relativa a la restricción de tráfico en Gran Vía (Madrid) del 22 de noviembre al 7 de enero, por si es de su interés.

 

CIRCULAR INFORMATIVA

22/11/2019

Medidas restrictivas de tráfico en Gran Vía (Madrid) de 22 de noviembre a 7 de enero.

El Boletín Oficial de Ayuntamiento de Madrid (BOAM) de ayer, jueves 21 de noviembre, ha publicado la Resolución de 20 de noviembre de 2019 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid por la que se establecen medidas de restricción del tráfico en la calle Gran Vía a vehículos pesados desde las 00:00 horas del tía 22 de noviembre de 2019 hasta las 00:00 horas del día 7 de enero de 2020.

Se puede acceder a dicha Resolución a través del siguiente link al BOAM.

Quedarán exceptuados de la prohibición impuesta los siguientes vehículos, aun hallándose dentro de las especificaciones técnicas referidas anteriormente:

1. Autobuses de la Empresa Municipal de Transportes.

2. Autobuses de transporte turístico de concesión municipal, con itinerario fijo y reiteración de horario y calendario.

3. Autobuses del servicio de transporte urbano de viajeros para contemplar la iluminación navideña, organizado por el Ayuntamiento de Madrid.

4. Unidades móviles de producción y retransmisión audiovisual.

5. Vehículos de transporte de personas que se dirijan a los hoteles.

6. Aquellos vehículos que sin estar incluidos en las categorías anteriores, reciban la autorización expresa de la Coordinación General de Seguridad y Emergencias como medida excepcional.

La solicitud para obtener la autorización se dirigirá por escrito al correo seguridademergencias@madrid.es con un mínimo de 4 días hábiles de antelación al día o días para los que se solicita la precpetiva autorización, debiendo contener como mínimo:

a) Motivación fundada que exprese la absoluta necesidad de solicitar esta medida excepcional.

b) Marca, modelo, matrícula y características técnicas del vehículo con el que se pretende acceder. En el caso de que se produzca alguna discondancia entre los datos del vehículo facilitados al realizar la solicitud y el vehículo que pretenda entrar en las zonas de las restricciones, los agentes actuantes denegarán el paso al mismo adptando las medidas que requiera el caso concreto.

c) En el caso de ser un vehículo destinado al transporte de mercancías, se deberá incluir un manifiesto de la carga que se porta. Los agentes actuantes realizaran, si lo estiman necesario, comprobaciones tendentes a verificar si la carga portada se corresponde con lo manifestado, en el caso de discrpancias podrán denegar el paso al vehículo, adoptando las medidas que requiera el caso concreto.

d) Filiación completa de la persona o personas que se hallarán en el vehículo objeto de la solicitud, bien como conductor/es, bien como acompañantes o pasajeros. En el caso que los agentes actuantes detecten en el interior del vehículo persona/s diferentes a las sometidas a la autorización, o existan discrpancias en cuanto a las filiaciones, denegarán el paso al mismo, adoptando las medidas que requiera el caso concreto.

En base a los criterios exclusivos de seguridad, la Coordinación General de Seguridad y Emergencias, considerará en cada caso concreto, si procede o no autorizar la excepción a las medidas adoptadas mediante la presente resolución.

La autorización se realizará por escrito y de forma expresa y será remitida a la dirección de correo electrónico que facilite el interesado. El silencio administrativo será interpretado de forma negativa. En dicha autorización figurarán todos los datos del solicitante y que se enumeran en los puntos anteriores.

Para circular, será condición indispensable el mostrar a los agentes actuantes la autorización extendida por la Coordinación General de Seguridad y Emergencias. Además de la mera exhibición, será necesaria la absoluta conincidencia entre los datos de la solicitud y el vehículo y personas que pretendan circular.

A fin de agilizar y facilitar el trámite, CONFEBUS ha confeccionado un formulario a cumplimentar y que contiene los datos básicos (imprescindible datos del conductor y motivación fundada) que necesita la Coordinación General de Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid para autorizar un servicio de transporte en autobús que circule por la calle Gran Vía.

Esperamos que esta información sea de su interés.

No obstante, ante cualquier duda o consulta pueden ponerse en contacto con nosotros a través de los medios habituales.