1. Para poder acogerse al Programa, las actuaciones susceptibles de ayuda habrán de conseguir una reducción de las emisiones de dióxido de carbono y del consumo de energía final, mediante la mejora de la eficiencia energética con respecto a la situación inicial y cumplir con las condiciones establecidas por las presentes bases.

    2. Las actuaciones de ahorro y eficiencia energética deberán cumplir con los requisitos esenciales que se establecen en el anexo I y deben encuadrarse en una o varias de las tipologías siguientes:

1) Planes de transporte sostenible al centro de trabajo.
2) Gestión de flotas de vehículos de transporte de mercancías y viajeros por carretera y de flotas de vehículos de servicios.
3) Cursos de conducción eficiente para conductores de vehículos industriales.
3. Las actuaciones deberán cumplir con la normativa vigente que les sea de aplicación, así como contar con las preceptivas licencias y autorizaciones administrativas en el caso de que la actuación lo requiera.

Beneficiarios.

    1. Podrán ser beneficiarios de la medida 1 del anexo I (Planes de transporte sostenible al centro de trabajo) los empresarios o entidades, personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada, que de forma individual, o conjuntamente con otras, implanten para sus propias dependencias o centros, planes de transporte sostenible al centro de trabajo.

   2. Podrán ser beneficiarios de la medida 2 del anexo I (Gestión de flotas de transporte por carretera) los empresarios o entidades, personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada, que cuenten con una flota de, al menos, cuatro (4) vehículos.

    3. Podrán ser beneficiarios de la medida 3 del anexo I (Cursos de conducción eficiente para conductores de vehículos industriales) las siguientes personas o entidades:

a) Los empresarios o entidades, personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada, que tengan como actividad principal la formación de conductores o competencias en la regulación de la formación de conductores.
b) Las asociaciones o agrupaciones empresariales del sector de la enseñanza de la conducción.
c) Las empresas, asociaciones o agrupaciones empresariales del sector del transporte profesional por carretera. Otras asociaciones o empresas del sector de la automoción que realicen actividades de formación en conducción eficiente.

Más Información en el siguiente enlace : IDAE Cambio modal y modos de transporte

DOE 8 de Abril -> Subvenciones cambio modal y uso eficiente transporte.pdf